Pregunta de la semana 3/18… (Cerrada)
Preferentemente, ¿dónde debe colocar la carga en su turismo?
RESPUESTA CORRECTA B
Resulta evidente que el lugar más adecuado para colocar nuestra carga es el maletero del vehículo, ya que es el lugar destinado para ello. Está claro también, que las otras dos opciones sin estar expresamente prohibidas pueden resultar muy peligrosas en caso de una deceleración brusca (interior del vehículo) o por perdida de estabilidad (baca), además de un mayor consumo por una peor aerodinámica.
REGLAMENTO GENERAL DE CIRCULACIÓN
Artículo 14. Disposición de la carga.
1. La carga transportada en un vehículo, así como los accesorios que se utilicen para su acondicionamiento o protección, deben estar dispuestos y, si fuera necesario, sujetos de tal forma que no puedan:
a) Arrastrar, caer total o parcialmente o desplazarse de manera peligrosa.
b) Comprometer la estabilidad del vehículo.
c) Producir ruido, polvo u otras molestias que puedan ser evitadas.
d) Ocultar los dispositivos de alumbrado o de señalización luminosa, las placas o distintivos obligatorios y las advertencias manuales de sus conductores.
2. El transporte de materias que produzcan polvo o puedan caer se efectuará siempre cubriéndolas total y eficazmente.
3. El transporte de cargas molestas, nocivas, insalubres o peligrosas, así como las que entrañen especialidades en su acondicionamiento o estiba, se atendrá, además, a las normas específicas que regulan la materia.

Resultados:
RESPUESTA A: 2 (20%)
RESPUESTA B: 8 (80%)
RESPUESTA C: 0 (0%)