Pregunta de la semana 34/19… Cerrada
◊ En una travesía insuficientemente iluminada deberá llevar encendido…
RESPUESTA CORRECTA A
REGLAMENTO GENERAL DE CIRCULACIÓN
Artículo 101. Alumbrado de corto alcance o de cruce.
- Todo vehículo de motor y ciclomotor que circule entre el ocaso y la salida del sol por vías urbanas o interurbanas suficientemente iluminadas, o a cualquier hora del día por túneles, pasos inferiores y tramos de vías afectados por la señal «Túnel» (S-5) suficientemente iluminados, llevará encendido, además del alumbrado de posición, el alumbrado de corto alcance o de cruce.
Igualmente, llevará encendido dicho alumbrado en los poblados, cuando la vía esté insuficientemente iluminada.
Resultados:
RESPUESTA A: 20 (83,33%)
RESPUESTA B: 1 (4,17%)
RESPUESTA C: 3 (12,5%)