Pregunta de la semana 46/18… Cerrada
◊ ¿Qué separación se debe mantener con el vehículo que circula delante si encontramos esta señal?
RESPUESTA CORRECTA B
REGLAMENTO GENERAL DE CIRCULACIÓN
Artículo 154. Otras señales de prohibición o restricción.
La nomenclatura y significado de estas señales son las siguientes:
R-300. Separación mínima. Prohibición de circular sin mantener con el vehículo precedente una separación igual o mayor a la indicada en la señal, excepto para adelantar. Si aparece sin la indicación en metros, recuerda de forma genérica que debe guardarse la distancia de seguridad entre vehículos establecida en el artículo 54.
Resultados:
RESPUESTA A: 1 (7,69%)
RESPUESTA B: 8 (61,54%)
RESPUESTA C: 4 (30,77%)