Pregunta de examen · Dotación del vehículo
Un camión de 3.500 kg, ¿puede llevar una rueda de uso temporal?

Un camión de 3.500 kilogramos de M.M.A, ¿puede llevar como repuesto una rueda de uso temporal?
Hasta 3.500 kg, también la rueda temporal
Los turismos, los vehículos mixtos y los vehículos de mercancías con una masa máxima autorizada (MMA) de hasta 3.500 kg tienen que llevar una de estas tres cosas:
- una rueda completa de repuesto,
- una rueda de uso temporal (la estrecha, «de galleta»), con las herramientas para cambiarla,
- o un sistema alternativo al cambio de rueda que permita seguir circulando con garantías.
Un camión de 3.500 kg está justo en el límite: la norma dice «no superior a 3.500 kg», así que entra. La trampa es la C: no es solo cosa de turismos.
Si la usas, con calma
La rueda de uso temporal es para salir del paso hasta el taller. Lleva marcado en el lateral que es de uso temporal y su velocidad máxima, 80 km/h. Con ella, o con cualquier sistema alternativo, hay que respetar sus limitaciones.
Fuente: Reglamento General de Vehículos (Real Decreto 2822/1998), anexo XII, apartado 1 c), y Reglamento n.º 64 de la CEPE/ONU (BOE de 6 de junio de 1992), apartado 5.1.4.
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